Conceptos Básicos
1) Alimentos
Los Alimentos deben entenderse de forma amplia como todas las necesidades que tienen las personas para su manutención y cuidado por lo que incluyen la comida, el vestido, la casa contemplados sus servicios, la atención médica y medicinas, la transportación, así como cuidados o gastos extraordinarios que por condiciones especiales de salud o de otra índole se requieran de forma justificada e incluso los demás conceptos que se hayan venido erogando de forma acostumbrada y que caractericen la forma de vida que ha llevado en el pasado quien debe recibir alimentos es decir el estilo de vida que ha podido pagar el que debe dar los alimentos. Y en el caso de los hijos también incluye el pago de los estudios, incluso en su mayoría de edad siempre y cuando el joven se encuentre estudiando a un nivel acorde a su edad y condición, por lo que la ley establece que la obligación de dar alimentos será hasta la culminación de los estudios de un oficio o profesión.
2)
Sociedad Conyugal
Separación de Bienes
El matrimonio pudo celebrarse bajo el Régimen Matrimonial de Sociedad Conyugal o Separación de Bienes. Solo en el caso del Régimen de Sociedad Conyugal resulta necesario firmar acuerdo entre las partes o pedir al juez la liquidación de la sociedad, es decir, la repartición de los bienes. Por el momento debes saber que si ambas partes se ponen de acuerdo los bienes pueden dividirlos totalmente en la forma que quieran, pero si se hace por solicitud de uno de ellos al juez serán divididos por partes iguales, es decir 50% a favor de cada uno y los bienes a dividir serán todos los adquiridos durante la duración del matrimonio (desde el acta de matrimonio hasta la sentencia firme del divorcio) por lo que esto se trata de un procedimiento posterior al juicio de divorcio.
3) Patria Potestad
Es el derecho y obligación de ambos padres de representar a sus menores hijos y de administrar los bienes que pudieran llegar a tener durante su minoría de edad o su estado de interdicción (incapacidad)
Ejemplos: Trámites de Pasaportes, visas o administrar bienes del menor, rentas, regalias, solicitar autorización judicial de venta de inmuiebles, dar en adopción, etc…
4) Custodia
Tiene la Guarda y Custodia aquél con quien viven los menores, ya sea padre, madre, abuelos u otra persona o institución.
Ésta puede controvertirse mediante un juicio en caso de existir riesgos para el menor.
5) Convivencia
Se acuerda por las partes o solicita a un juez para poder convivir alguno de los padres con sus hijos, en virtud que no se tiene la Custodia, es decir que no viven con él o ella los hijos, por lo que se establece un esquema de convivencia.